6- PARTIDOS POLÍTICOS
6.7 Procesos internos
Deber de respetar reglas de paridad en nombramiento de representantes territoriales en el Directorio Político Nacional del PLN.
Tal y como se indicó, si bien no resulta posible obtener la aplicación paritaria de género deseada en la globalidad del DPN, el Partido está en la obligación de garantizar la paridad en la integración de los estamentos que, por la naturaleza de su composición y forma de elección, así lo permitan. En virtud de lo anterior, en el nombramiento de los once representantes territoriales se deben respetar las reglas de paridad.
N. º 0784-E8-2011 de las nueve horas treinta minutos del dos de febrero de dos mil once. Consulta formulada por el señor ANTONIO CALDERON CASTRO, Secretario General del partido Liberación Nacional, sobre la aplicación del principio de paridad en la integración del Directorio Político Nacional.